20 diciembre 2008

Bromas parlamentarias

Santiago González

Las sesiones de los viernes en el Parlamento vasco acabarán en la guía del ocio de Vitoria-Gasteiz, junto a los bares de ‘pintxos’ y los excelentes restaurantes de la capital administrativa de Euskadi. No hay mejor manera de comenzar un fin de semana que ver las extravagancias antropológicas de sus señorías antes de probar la cocina alavesa en miniatura que alegra las barras de los bares. Si el turista acierta en la temporada puede hacer un pleno: primero, una buena intervención de Egibar y ya con el alma reconfortada, media ración de caracoles con perretxikos.

Con suerte, puede que el plato alavés por antonomasia se lo cocinen en la propia cámara. Ustedes ya conocen la raigambre de la cuadrilla como alma mater de los concursos gastronómicos. A Egibar le ha bastado encontrarse con sus ‘tronkos’ de la Junta de Portavoces para secundar la petición de EA, a saber: que la Mesa reconsidere el acatamiento a la sentencia del TS que obliga a colocar la bandera española en el exterior del edificio y someta el asunto a debate del pleno.

No ve en ello contraindicación alguna. Ni siquiera contradicción con su camarada Izaskun Bilbao que, a pesar de no tener las compañías adecuadas, se esfuerza por ser una buena presidenta de la Cámara. “Hay que dar cauce al debate con independencia de la cuestión de fondo”, ha dicho nuestro hombre envuelto en su mandil.

Depende de lo que este mocetón entienda por debate parlamentario. Si se trata de establecer una discusión entre los partidarios y adversarios de una sentencia del Tribunal Supremo, con el fin de votar posteriormente su acatamiento o su rechazo, no se puede.

Si se molestara en leer los artículos 117 y 118 de la C. E. descubriría que: “el ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las Leyes…” (Art. 117.3) y que “es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto.” (Art. 118).

O sea, que las sentencias del Supremo se acatan, no se debaten. La Mesa de la Cámara y el propio Pleno pueden debatir (y votar, naturalmente) las cuestiones que son de su competencia. ¿Y si sólo desean organizar un seminario sobre los diferentes aspectos de las leyes y el acatamiento de las sentencias, sin llegar a cuestionar dicho acatamiento mediante una votación? Me temo que tampoco. No cobran sus sueldos para organizar tertulias.

Pondré un ejemplo. Esta mañana he recibido una notificación de Tráfico, una multa. Puedo recurrirla o pagarla con descuento. Lo que no puedo es decirle al señor Pere Navarro que quiero organizar una asamblea familiar para decidir si la pagamos o no. Otro tanto digo si se me ocurriera plantear análoga objeción al diputado de Hacienda cuando me toque hacer la liquidación trimestral del IVA. El Parlamento vasco tiene tanta competencia para negarse a acatar la sentencia como mi familia para no pagar, incluso en el caso de que hubiera unanimidad. Por mucha vocación asamblearia que tengan nuestros parlamentarios, no podrían organizar un debate sobre la conveniencia de aplicar la pena de muerte a pederastas asesinos. No está dentro de sus competencias, no sé si me explico.

También ayer conocimos la decisión de Ezker Batua, la tonta excrecencia de la izquierda capitaneada con su característico gracejo por el gran Madrazo, que va a presentar a Kontxi Bilbao como cabeza de lista por Álava. ‘Cabeza’ y ‘de lista’, dicen, impresionante paradoja por partida doble. La exdiputada alavesa, condenada por la Sala 2ª del Supremo a un año de inhabilitación tras negarse a acatar su orden de disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, no parece la más lista de su clase, pero debería advertir los riesgos que corre. Su inhabilitación es pública y notoria y la Junta Electoral rechazará de oficio una candidatura encabezada por su nombre, salvo que se extienda el estilo Garzón y todo el mundo solicite el certificado de la defunción de Franco.

Hay más. Kontxi Bilbao es funcionaria y se ha salvado por los pelos de perder su condición de tal, pero no debería tentar a tan alto tribunal por segunda vez. La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, define en su artículo 63 las causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera. El apartado e) describe la siguiente: “La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme.” No diré más.


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