Visto para sentencia
Santiago González
El Tribunal de la Unión Europea vio el jueves pasado en Luxemburgo una causa de extraordinaria importancia para Euskadi porque afecta a la esencia del autogobierno, a la raíz más profunda de nuestro árbol emblemático.
Fue un espectáculo extraordinario. Había sido perfectamente normal que hasta ahora llegaran asuntos que afectaban a las relaciones entre el País Vasco y el Estado o bien entre los propios vascos. Las más de las veces, la parte actora la integraban los nuestros. Hay una antigua querencia de los soberanistas hacia los conflictos competenciales (o de cualquier otra naturaleza) concebidos como un conflicto internacional entre iguales: Euskadi contra España. Vistas así las cosas, tiene una cierta lógica la búsqueda de la mediación internacional. Si la cuestión se refiere a asuntos políticos o económicos, los tribunales europeos. Si pasa a mayores, los cascos azules de la ONU.
Así, el Gobierno vasco interpuso en 2003 una demanda contra el Estado español ante el Tribunal de los Derechos Humanos, ya que la Ley de Partidos y la sentencia del T.C. que declaraba conforme a la Constitución la citada norma vulneraban en su opinión el ordenamiento europeo para la protección de los derechos humanos. Cinco años antes habían intentado llevar al mismo tribunal la política penitenciaria del Gobierno del PP. Como no hay dos sin tres, y cada ocurrencia inspira otras, el 25 de octubre de 2006, el Gobierno español llevó al Parlamento de Estrasburgo su “proceso de paz”, con el fin de que un asunto que dividía a los españoles en dos mitades produjese el mismo efecto catártico entre los representantes europeos.
En esta ocasión, como decía, hay un detalle verdaderamente insólito y es que todos los vascos están alineados en la misma parte de la sala, en defensa del Concierto. El PSOE y el PP, el PNV y Eusko Alkartasuna, la patronal y los sindicatos, Madrazo y la Iglesia vasca están a favor del Concierto en general y de lo que se sustanciaba en Luxemburgo en particular: si las diputaciones vascas tienen capacidad normativa para fijar impuestos diferentes a los del común.
Quizá para que los espectadores no se despistaran en exceso ante semejante arrebato de unanimidad, el Gobierno vasco firmó con las tres diputaciones un comunicado para denunciar que los dos grandes partidos españoles no asumen real y plenamente el pacto del Concierto. De otra manera, el PP no permitiría que los gobiernos autonómicos de La Rioja y Castilla-León hubieran impulsado esta demanda ante un tribunal europeo.
En realidad, La Rioja venía recurriendo todas las ayudas fiscales a la inversión en la Comunidad Autónoma Vasca, porque la capacidad normativa recogida en el Concierto es un privilegio en tiempos y sociedades más bien igualitaristas. El problema no está en el Concierto, aunque lo afecte esencialmente. Este sistema de financiación transfiere los impuestos a la Comunidad Autónoma a cambio de una cantidad de dinero llamada ‘cupo’. Esto no tendría por qué romper la igualdad. Bastaría con que estuviera bien calculado para que así fuese. Pero el cupo, a lo más, cubre el coste de las competencias no transferidas, no la solidaridad, que es la argamasa de la cohesión territorial. El catedrático Ignacio Zubiri, uno de los más cualificados especialistas en el sistema de concierto, calcula que, “a igualdad de competencias, el sistema foral da lugar a unos recursos per capita que son un 65% más elevados que los del sistema común”. (‘Los sistemas fiscales: características, resultados y su posible generalización’. Instituto de Estudios Fiscales. Ministerio de Economía y Hacienda, 2007)
La cuestión es si, en la aplicación del Concierto, las diputaciones tienen la capacidad de modificar el Impuesto sobre Sociedades, una herramienta eficacísima para atraer empresas a un lugar fiscalmente privilegiado. Todas las comunidades aspiran a lo mismo. Son “las autonomías de la envidia”, tal como las llamó Arzalluz en los primeros años 90. El sistema no es generalizable y esa tercera vía consistente en financiar a las CCAA según el criterio que les sea más favorable (a Cataluña, por renta; a Andalucía por población; a Castilla-León por superficie y a Galicia por kilómetros de costa) no tiene mucho futuro. Para sumar quebrados es preciso reducirlos previamente a común denominador. Por otra parte, los dineros son habas contadas, no derechos inmateriales que se pueden repartir a manos llenas. Desdichadamente, la suma de las partes de un todo no puede superar el 100%.
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